No. No voy a hablar sobre el casco porque parece el único tema importante que contiene el borrador y ya está más que comentado en cientos de artículos por toda la red. Pero sí voy a hablar de varias barbaridades que, a mi juicio, encierra esta futura ley y que parecen planear muy de pasada sobre nuestras cabezas, sin pararnos a pensar en lo que suponen.
El borrador comienza diciendo que todas estas medidas son para garantizar la seguridad de los que circulamos en bicicleta y la de aquellos con los que interactuamos al desplazarnos: peatones y vehículos. Pues bien, esta introducción en sí misma es ya una incongruencia, según el desarrollo del título VI.
Sin entrar en detalles, el borrador completo lo tenéis aquí, en el artículo 176 sobre la posición en la vía, se está diciendo claramente que la bicicleta debe circular lo más pegada al lado derecho de la calzada y sin estorbar, facilitando el paso a los vehículos con mayor velocidad. Esto no es seguridad, esto es muy peligroso. Además, una ley que deje a la subjetividad si existe peligro o no de circular pegado a la derecha es un peligro en sí misma. Este artículo, sigue fomentando el "exceso de celo y precaución" de algunos ciclistas urbanos y el adelantamiento a toda costa por parte de los automovilistas, sin conservar la distancia de seguridad tanto lateral como trasera.
Un punto positivo sobre la posición en la vía, es aquel referente a las rotondas. Aquí, si me parece totalmente correcto. Posicionarse para ser visto y no ser atajado por un vehículo a motor es un tema muy importante. Sólo, y digo sólo con sorna, hay que reeducar a los automovilistas para que cumplan lo escrito en la ley. Y poder rebasar al resto de vehículos para posicionarte primero en un semáforo, también lo considero muy positivo.
Sigamos. Otra aberración de la ley la tenemos en el punto 6 de este mismo artículo, la circulación por aceras. ¿Este punto aumenta la seguridad? No, simplemente está justificando y dando base jurídica a las actitudes incívicas de algunos ciclistas. Una vez más, la ley deja a la subjetividad el uso o no de las aceras. ¿Mide 3 metros o 2,5? ¿Hay mucha densidad peatonal o todavía quepo? ¿A qué velocidad van los peatones?
No estoy en contra de las zonas peatón/bici compartidas, en espacios como plazas o calles semipeatonales, amplias y no exclusivas. Existen en toda la Europa bicivilizada, pero transitar por una acera es otra historia. Y enseñemos a los menores a circular por la calzada, no les inculquemos la teoría del miedo desde pequeños.
Otra de las supuestas ventajas de la nueva ley es la de fomentar la movilidad en bici. Esto, a mi juicio, debe tener la finalidad de poner las mínimas trabas a la circulación de la misma. Pues bien, me gustaría parar ahora en el punto 7, sobre las aceras-bici (que pueden gustar o no y ser correctas o no, pero ahí están) se habla de que se debe circular por ellas a velocidad moderara (¿Cuál? ¿A mi libre albedrío) para evitar atropellar a un peatón. Bien, entonces, estás poniendo trabas a un carril que, se supone, es para facilitar mi movilidad. Para circular a velocidad peatonal, voy andando. Ponme el mismo carril en la calzada y evítame conflictos.
Y va ha ser muy difícil educar a los peatones en la no invasión de los mismos. Que no siempre vamos a ser nosotros los malos.
Paso ahora al artículo 178, sobre el transporte de carga y personas. Me parece que en este punto hemos avanzado bastante, pero se queda cojo en muchos sentidos.
Lo primero, ya estamos con la subjetividad en cuanto al transporte de personas, teniendo que sopesar si el pasajero puede caerse o desplazarse o, incluso, arrastrarse (¿?) con peligrosidad (en este punto no distingue entre pasajero y carga), en cuyo caso no podremos transportarlo. ¡Niño, o te agarras bien o te quedas aquí! Me parece un tanto ridículo.
Otro punto que me parece no quedar claro es si, al final, se permite el transporte de varios pasajeros en bicicletas homologadas para tal fin (todos recordaréis este caso). Sólo se sigue hablando de los asientos homologados sin número y sin especificar bicicleta homologada.
Y por último, el tema de los reflectantes. Se sigue hablando de "prendas homologadas", como una velada recomendación de llevar chaleco. En caso de tiras o elementos reflectantes, ¿cuántos son necesarios? ¿Minimalista o verbena? Y otra cosa, ¿pueden estos elementos ir situados sobre la bici (alforjas, pedales, ruedas) o es obligatorio que sean sobre la ropa del ciclista?
En fin, que a parte de restrictiva, retrógrada y con la pretensión de no priorizar la bicicleta de ninguna manera, con algún punto positivo, me parece que no cumple, ni de lejos, sus propios objetivos marcados: ni aumenta la seguridad ni favorece la circulación. ¡Alabado sea Dios Coche!
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